Un plazo de caducidad
La acción para impugnar un despido está sometida, con carácter general, a un plazo de veinte días hábiles desde que produce efectos. Al ser un plazo de caducidad, dejarlo transcurrir puede impedir la reclamación.
Qué días no se cuentan
Normalmente no se computan sábados, domingos ni festivos. Los festivos aplicables y la fecha de efectos pueden variar según lugar y circunstancias, por lo que un calendario genérico no basta.
La conciliación previa
La presentación de la papeleta de conciliación puede suspender el cómputo en los términos legalmente previstos. Es importante que la reclamación quede bien planteada desde ese momento.
Errores frecuentes
- Contar desde el día equivocado.
- Confundir días hábiles con naturales.
- Esperar una respuesta interna de la empresa.
- Confiar en que una conversación informal detiene el plazo.
Si tienes dudas sobre la fecha, consulta inmediatamente.Es preferible revisar un plazo con margen que descubrir después que ha vencido.
